Vuelo retrasado: cuándo puedes reclamar y cuánto te corresponde
Respuesta corta: si tu vuelo llegó a su destino final con 3 horas o más de retraso y la causa no fue una circunstancia extraordinaria, puedes tener derecho a una compensación de 250, 400 o 600 € según la distancia. Durante la espera, además, la aerolínea debe darte asistencia.
La regla de las tres horas
El Reglamento (CE) 261/2004 solo preveía compensación para cancelaciones y denegaciones de embarque. Fue el Tribunal de Justicia de la UE quien, en la sentencia Sturgeon (C-402/07 y C-432/07), equiparó a los pasajeros que llegan con un gran retraso con los de un vuelo cancelado: si llegas 3 horas o más tarde, la pérdida de tiempo es comparable y procede la compensación del artículo 7.
Se mide a la llegada, no a la salida
Lo que cuenta es la hora a la que llegas a tu destino final. El TJUE precisó que la hora de llegada es el momento en que se abre al menos una de las puertas del avión y los pasajeros pueden desembarcar (Germanwings, C-452/13). Un vuelo que sale con 3 horas y media de retraso pero recupera tiempo y llega con 2 horas y 50 minutos no da derecho a compensación.
Si tenías una conexión
Si tus vuelos forman parte de una misma reserva, el retraso se calcula sobre la llegada al destino final, aunque el primer tramo solo se retrasara unos minutos y por eso perdieras la conexión.
Cuánto te corresponde
| Distancia | Compensación por pasajero |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| Intracomunitarios de más de 1.500 km, y otros entre 1.500 y 3.500 km | 400 € |
| Resto de vuelos | 600 € |
Es un importe fijo, que no depende del precio del billete. Puedes reclamar también los gastos que tuviste que pagar porque la aerolínea no te dio la asistencia debida.
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Cuándo no hay compensación
La aerolínea no debe pagar si demuestra que el retraso se debió a circunstancias extraordinarias que no podían evitarse aunque se tomaran todas las medidas razonables. Suelen considerarse así, por ejemplo, las condiciones meteorológicas incompatibles con el vuelo o las decisiones de gestión del tráfico aéreo. La carga de la prueba es de la aerolínea, y un problema técnico ordinario del avión no basta, por sí solo, para eximirla.
La asistencia durante la espera
Según el artículo 6, la aerolínea debe atenderte si el retraso previsto en la salida alcanza 2 horas (vuelos de hasta 1.500 km), 3 horas (intracomunitarios de más de 1.500 km y otros de 1.500 a 3.500 km) o 4 horas (resto). Si el retraso llega a 5 horas, puedes desistir del viaje y pedir el reembolso del billete.
Cómo reclamar paso a paso
- Reúne la tarjeta de embarque, la reserva y pruebas de la hora de llegada.
- Presenta la reclamación por escrito a la aerolínea y guarda el justificante.
- Si no responde en un mes o no estás conforme, acude a AESA o a la vía judicial.
Lo explicamos con detalle, con modelo de escrito incluido, en la guía gratuita para reclamar a una aerolínea.
Fuentes
- Reglamento (CE) 261/2004, artículos 5, 6, 7 y 9 · EUR-Lex
- TJUE, C-402/07 y C-432/07 (Sturgeon); C-452/13 (Germanwings) · curia.europa.eu
- Reglamento (UE) 2026/2202 · BOE
Artículo informativo. Metodología editorial.